Los comerciantes propietarios de tiendas explotan tiendas de venta al por menor por sí solos o con ayuda de un reducido número de personas.
Entre sus tareas se incluyen:
Ocupaciones afines no incluidas en este grupo primario
Nota: Únicamente deben clasificarse en el grupo primario 5300, Comerciantes propietarios de tiendas, quienes exploten pequeñas tiendas y no tengan la gestión del establecimiento y la supervisión de personal como componentes significativas de su trabajo. Quienes exploten tiendas, aunque tengan la atención al público, si la gestión del establecimiento y supervisión del personal es componente significativa y frecuente de su trabajo entonces deben clasificarse en el grupo primario 1432, Directores y gerentes de empresas de comercio al por menor. El personal que controle y dirija las actividades de asistentes de ventas de tiendas y almacenes, operadores de caja y otros empleados, pero no tenga tareas de gerencia debe clasificarse en el grupo primario 5210, Jefes de sección de tiendas y almacenes.